Por el presente se hace público que ne la Sesión Extraordinaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 28 de julio de 2015, se dio cuenta de la siguiente Resolución
RESOLUCION DE LA ALCALDIA Nº 267/2015
En virtud de lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, HE RESUELTO:
Primero.- Efectuar las siguientes delegaciones genéricas referidas a las áreas que se indican y que abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, quedando excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
- A favor del Concejal D. Francisco José Aceitón Delgado, delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Hacienda y Seguridad Ciudadana.
2. Agricultura, Ganadería y Seguridad
- A favor del Concejal D. Francisco Javier Amador Hierro, delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Nuevas Tecnologías, Medio Ambiente y Patrimonio
2. Obras, Servivios y Compras
- A favor de la Concejala Dª. Dina Josefa Bella Amaya , delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Servicios Sociales, Juventud e Igualdad.
2. Participación Ciudadana, Bomberos, Protección Civil y Amparo Animal
- A favor de la Concejala Dª Amalia Sánchez Vasco, delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Empleo y Formación Ocupacional
2. Industria, Turismo y Comercio
- A favor del Concejal D. José Félix Lancharro Parra, delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Deportes y Ocio Activo
2. Urbanismo y Vivienda.
- A favor del Concejal D. Juan Molina López, delegación genérica en las siguientes áreas:
1. Educación y Personal .
2. Cultura y Universidad Popular
La Alcaldía-Presidencia conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
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