Finalidad: Posibilitar que sectores de población con escasos medios económicos puedan acceder a una vivienda en régimen de alquiler.
Queda excluida de este programa el acceso en régimen de alquiler en viviendas de promoción pública salvo que se tratasen de viviendas acogidas al Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.
Plazo de presentación: Hasta el 15 de diciembre.
Requisitos: Se consideran arrendatarios o inquilinos a todas aquellas personas que contando con independencia y capacidad económica, acceden al arrendamiento de una vivienda para destinarla a residencia habitual y permanente. Así mismo, tendrán esta misma consideración todas las personas mayores de edad que convivan y residan en la vivienda arrendada, con independencia de que exista o no vínculo de parentesco o conyugal entre los mismo, debiendo aparecer todos ellos como solicitantes de la ayuda.
(…)
Que los ingresos familiares brutos sean iguales o superiores al importe de la renta en cómputo anual (ingresos mínimos)
Que los ingresos conjuntos de las personas que tengan su residencia habitual permanente en la vivienda arrendada (unidad de convivencia) no superen el siguiente límite máximo:
No podrá concederse la ayuda cuando el/los arrendatario/s se encuentre/n en alguna de la situaciones que a continuación se indican:
(…)
Cuantía.
La cuantía de la subvención será hasta el 40% de la renta mensual que deba satisfacerse por el alquiler de su vivienda habitual permanente, con un límite máximo anual de 2400 euros.
La subvención se concederá por un plazo de 12 meses.
Para la solicitud, anexos y documentación pueden consultar la página https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite/ficha/5456
Acudir al S.S.B. del Excmo. Ayuntamiento de Monesterio.